Valoración de Daños en Yates

Quienes encargan los peritajes de los siniestros suelen ser las compañias aseguradoras de barcos. En caso de que Vd. sufra un siniestro con su yate, en primer lugar no altere más cosas de las que sean necesarias para evitar mayores daños. Informe luego a su compañia de seguros sobre el tipo y proceso de los daños. Si ésta considera conveniente la intervención de un perito de yates, será mejor que inspeccione los daños juntamente con éste y un representante de la empresa propuesta por Vd. para la reparación. Debe hablarse y determinarse exactamente el alcance y método de la reparación. La empresa de reparación y el perito de asuntos náuticos calculan luego independientemente entre sí los costes de reparación. En caso de que ambos lleguen aproximadamente al mismo resultado, se acepta por lo regular el presupuesto de costes de la empresa de reparaciones. Pero si ésta fuera esencialmente superior al calculado por el perito de yates, deberían solicitarse presupuestos de otras compañias.

En principio existe sólo una relación contractual entre el dueño del barco (tomador del seguro) y la compañia de seguros (asegurador) y otra entre el dueño del barco (cliente) y la empresa de reparación (adjudicatario). Para la organización de la reparación y de los controles de una ejecución profesional y adecuada de la misma, el competente es el dueño del barco. En caso de que la reparación de su barco se haga en el extranjero y Vd. no se pueda encargar por sí mismo o bien no tenga ningún encargado en el lugar, informe a su compañia de seguros al respecto. Esta puede proporcionarle valiosa ayuda a través de un perito de yates, por ejemplo encargando a éste la organización de la reparación con inspección de los trabajos y regulares controles de calidad.


 

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